Convocatoria 2022

El miércoles 16 de noviembre de 2022 se ha publicado en BOJA:

Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

Extracto de la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

- Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se amplía el plazo máximo de presentación de solicitudes de ayuda, establecido en la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 17 de noviembre de 2022 hasta el 16 de febrero de 2023.

Enlace trámite por internethttps://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/desarrollo-rural/tramitacion-ayudas-medida-19/paginas/ayudas-leader-submedida-19-2-promotores.html

Guía básica para la cumplimentación y presentación de solicitudes de ayuda

En el siguiente cuadro se relacionan las 3 líneas de ayuda de la Estrategia de Desarrollo Local del Litoral de la Janda para la Convocatoria 2022, incluyéndose para cada una de ellas un enlace a los siguientes documentos: ficha con toda la información relativa a la línea de ayuda (proyectos elegibles, beneficiarios, gastos elegibles, etc.), criterios de selección, modelo de Memoria descriptiva, modelo de Plan económico, etc. 

Solicitud de ayuda (Modelo oficial publicado en BOJA. SIEMPRE UTILIZAR LA OFICINA VIRTUAL PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE AYUDA ONLINE, TANTO EN EL CASO DE QUE SE ESTE OBLIGADO A RELACIONARSE CON LA ADMINISTRACION A TRAVES DE TRAMITACIÓN DIGITAL COMO EN EL CASO DE PERSONAS FISICA NO OBLIGADAS)

Denominación de la línea de ayuda

Dotación presupuestaria

Ficha informativa

Criterios de selección

Modelos

1. Fomento y mejora de la competitividad de la actividad enoturística en el territorio (OG1PP3). 37.937,17 € 

Ficha línea de ayuda

 

Criterios de selección

 

Proyectos no productivos:

Proyectos productivos - Creación:

Proyectos productivos - Modernización, ampliación o traslado:

2. Fomento de la creación, la competitividad, la innovación, y el desarrollo de iniciativas empresariales en los sectores innovadores del territorio (OG2PS6).   457.397,36 € 

Ficha línea de ayuda

Criterios de selección

Proyectos productivos - Creación:

Proyectos productivos - Explotación agrícola - forestal:

Proyectos productivos - Modernización, ampliación o traslado:

3. Apoyo a iniciativas emprendedoras, proyectos innovadores y autoempleo impulsadas por persona jóvenes (OG2PS4). 301.837,72 €

Ficha línea de ayuda

Criterios de selección

Proyectos productivos - Creación:

Proyectos productivos - Modernización, ampliación o traslado:

Documentación acreditativa de criterios de selección Documentación acreditativa de requisitos específicos
Presentación GDR Presentación Líneas de ayuda ZRL "Litoral de la Janda"
Documentación a aportar con la solicitud de pago para acreditar el cumplimiento de los criterios y subcriterios de selección de carácter diferido
Presentación Procedimiento de gestión Taller presentación solicitud de ayuda No productivo LJ ALC

NOTA IMPORTANTE: Le informamos que en aplicación del art. 11 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas, se procede a la modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en los siguientes términos: "Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley. “

Por otro lado, una vez tenga la consideración de beneficiario será de aplicación lo siguiente: "Cuando el beneficiario de la subvención sea una empresa, los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales."

Esta circunstancia se acreditará en el trámite de audiencia:

  • Por parte de las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, con una declaración responsable.
  • Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada se establece la necesidad de acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora.
  • Para una Administración, con una declaración responsable.
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